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Acogida de solicitantes de asilo: el Tribunal Administrativo del Piamonte declara ilegítimo el silencio de la Prefectura de Turín

20 de mayo de 2026 | Studio Legale Oltre

El Tribunal Administrativo Regional (TAR) del Piamonte, Sección Primera, con decisión adoptada en la cámara de consejo del 20 de mayo de 2026 (Pres. Raffaele Prosperi, Ponente Luca Pavia), ha acogido el recurso R.G. n. 354/2026 patrocinado por la abogada Eleonora Celoria del Studio Legale Oltre, declarando ilegítimo el silencio mantenido por la Prefectura de Turín. El recurrente, solicitante de asilo de nacionalidad iraní, había presentado el 11 de julio de 2025 una solicitud de inserción en el sistema de acogida, sin recibir nunca respuesta. Durante el proceso la administración lo alojó en una estructura de acogida, pero el Tribunal reconoció la persistencia de su interés en la declaración de ilegitimidad del silencio, también a efectos resarcitorios.

La sentencia aclara que a las solicitudes de acceso a las medidas de acogida se aplica el plazo general de 30 días previsto por el art. 2, apartado 2, de la Ley 241/1990, y no el plazo de 180 días de los procedimientos “relativos a la inmigración”: la acogida de los solicitantes de protección internacional está regulada por la Directiva 2013/33/UE y el Decreto Legislativo 142/2015, que exigen la prestación tempestiva de las medidas desde la manifestación de la voluntad de pedir protección (en línea con Consejo de Estado, sec. III, n. 5503/2024 y TAR Piamonte, sec. I, n. 1362/2025). El Tribunal precisó además que la inserción en lista de espera no excluye el silencio: la administración tiene en todo caso la obligación de concluir el procedimiento con una resolución expresa y motivada.

La decisión confirma que quien pide acogida tiene derecho a una respuesta expresa en 30 días y que el alojamiento tardío ocurrido durante el proceso no subsana el silencio, cuya declaración sigue siendo útil también con vistas a una acción resarcitoria.

Descargar la sentencia (PDF)


Este artículo tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico. Para una evaluación específica de su caso, les invitamos a contactar el Estudio.